Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 270/2018-RA
Sucre, 27 de abril de 2018
Expediente: La Paz 15/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Álvaro Manuel Chambilla Ibáñez
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2017, cursante de fs. 258 a 265 vta., Álvaro Manuel Chambilla “Núñez”, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 011/2017 de 13 de septiembre, de fs. 242 a 244, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teodocia Condori Machaca contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 270/2018-RA
Sucre, 27 de abril de 2018
Expediente: La Paz 15/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Álvaro Manuel Chambilla Ibáñez
Delito : Homicidio
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2017, cursante de fs. 258 a 265 vta., Álvaro Manuel Chambilla “Núñez”, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 011/2017 de 13 de septiembre, de fs. 242 a 244, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Teodocia Condori Machaca contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Homicidio, previsto y sancionado por el art. 251 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
