Conforme a lo previsto en el art
REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 271, 273 y 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
Conforme a lo previsto en el art. 180.II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 271, 273 y 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1. Del plazo de presentación y de la resolución recurrible
- Partes: Rosangela Consuelo del Carmen Conitzer de Echazu c/ María Isabel Galleguillos Arce Subregistradora de
- Proceso: Rehabilitación de partida e inscripción en Derechos Reales
- Distrito: La Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por Rosangela Consuelo del Carmen Conitzer de
- Fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Rosangela Consuelo del Carmen Conitzer
- CONSIDERANDO II
- Conforme a lo previsto en el art
- Emitido el Auto de Vista Nº 430/2017 de fecha 25 de octubre que cursa en
- Recurso en el cual también se advierte que la recurrente identifica la resolución impugnada, es
- II.2. Análisis del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación que cursa de fs
- Por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
