ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL CASO
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 227
Sucre, 29 de mayo de 2018
Expediente:120/2018
Demandante:Empresa de Envases Papeles y Cartones S.S. EMPACAR
Demandado:Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social
Proceso:Contencioso Administrativo
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda Contenciosa administrativa cursante de fs. 91 a 98, interpuesta por María Susana García Agreda Arce, en representación de la Empresa de Envases Papeles y Cartones S.A. (EMPACAR) contra el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, impugnando la Resolución Ministerial N° 077/2018 de 18 de enero, y:
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL CASO:
Revisado el expediente, se advierte que, por proveído de 3 de mayo de 2018, cursante a fs. 101, se dispuso que la demandante, con carácter previo a la admisión, identifique al tercero interesado y señale sus generales de ley a efectos de su legal citación, otorgándole un plazo de 10 días, computables a partir de su notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 227
Sucre, 29 de mayo de 2018
Expediente:120/2018
Demandante:Empresa de Envases Papeles y Cartones S.S. EMPACAR
Demandado:Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social
Proceso:Contencioso Administrativo
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda Contenciosa administrativa cursante de fs. 91 a 98, interpuesta por María Susana García Agreda Arce, en representación de la Empresa de Envases Papeles y Cartones S.A. (EMPACAR) contra el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, impugnando la Resolución Ministerial N° 077/2018 de 18 de enero, y:
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DEL CASO:
Revisado el expediente, se advierte que, por proveído de 3 de mayo de 2018, cursante a fs. 101, se dispuso que la demandante, con carácter previo a la admisión, identifique al tercero interesado y señale sus generales de ley a efectos de su legal citación, otorgándole un plazo de 10 días, computables a partir de su notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda
