2) No existe relevancia en la nulidad dispuesta por el Auto de Vista bajo el
2) No existe relevancia en la nulidad dispuesta por el Auto de Vista bajo el fundamento de integrar a la litis a Nelson Tito Rojas, pues de la revisión de obrados, se advierte que a fs. 844 a 857, cursa estudio pericial de fecha 07 de marzo de 2016, que establece que los predios de la parte demandada Gladys Lipa Calle y Nelson Tito Rojas rompen el principio de continuidad territorial geográfica, determinando a la vez, que se encuentren ubicados en la provincia Murillo-Achocalla, ex Comunidad Pucarani Achocalla (en otro lugar alejado de los predios en conflicto). Resaltando este punto; en razón a la trascendencia y relevancia que manda a la autoridad judicial determinar la nulidad, debe haber fundamento razonable de que pueda generarse un resultado diferente, lo que en el presente caso no sucede, pues por más que se integre a Tito Nelson Rojas al presente proceso el resultado será el mismo, pues nada puede cambiar el hecho de que el título de Tito Nelson Rojas y Gladys Lipa Calle no corresponderá jamás a su propiedad, también sostuvo que el fallo impugnado no se encuentra debidamente fundamentado en los aspectos de trascendencia y relevancia, así como pertinencia de la nulidad dispuesta contradiciendo el contenido de los arts. 218.I y 213.II num. 3) del CPC., en relación con los arts. 115 y 119 de la CPE
- Proceso: Reivindicación
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- II.1. De las resoluciones impugnadas
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 2) No existe relevancia en la nulidad dispuesta por el Auto de Vista bajo el
- 3) Haciendo cita del precedente jurisprudencial A
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
