Auto Supremo AS/0402/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0402/2018-RA

Fecha: 21-May-2018

CONSIDERANDO I


VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 686 a 694, interpuesto por Alvaro Sigfrido Munguia Becker contra el Auto de Vista Nº S-83/2018 de fecha 27 de febrero, cursante de fs. 679 a 680 vta., de obrados, pronunciado por la Sala Civil, Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de Nulidad de Escritura Pública y otros seguido por Gloria Rosario Munguia Becker de Saavedra contra el recurrente y Petrona Titirico Quispe Vda. de Tintaya, la contestación cursante de fs. 698 a 705, el Auto de concesión de fecha 03 de mayo de 2018 cursante a fs. 706, los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.En base a la demanda cursante de fs. 43 a 47 vta., subsanada de fs. 50 a 55 vta. y ampliada de fs. 58 a 59, Gloria Rosario Munguía Becker de Saavedra inicio un proceso Ordinario de Nulidad de Escritura Pública y otros; acción que fue dirigida contra Álvaro Sigfrido Munguía Becker y Petrona Titirico Quispe Vda. De Tintaya, quienes una vez citados, por memorial de fs. 117 a 122 vta. y memorial de fs. 173 a 175, contestaron negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 752/2016 de fecha 10 de noviembre, cursante de fs. 587 a 595, donde el Juez Público Civil y Comercial de 5º de la ciudad de La Paz, declara PROBADA en parte la demanda principal respecto a la Nulidad de Escritura Pública, cancelación de partida y la existencia de derecho Sucesorio e IMPROBADA sobre el Pago de daños y Perjuicios.
2.Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por Álvaro Sigfrido Munguía Becker mediante memorial de fs. 602 a 606; la Sala Civil Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-83/2018 de fecha 27 de febrero, cursante de fs. 679 a 680 vta., de obrados, CONFIRMANDO la sentencia apelada