CONSIDERANDO I
VISTOS: El recurso de casación presentado por Germán Pérez Caserine de fs. 341 a 341 vta., impugnando el Auto de Vista S-62/2018 pronunciado el 6 de febrero de 2018 por la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz (fs. 338 a 339 vta.) en el proceso ordinario de nulidad de reconocimiento de nacimiento y nulidad de filiación que sigue el recurrente contra Sabino Espinoza Valencia y Ana María Pérez Nina, Auto de concesión de fs. 345; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Planteada la demanda de fs. 6 a 7 y su ampliación y modificación de fs. 18, los demandados Ana María Pérez Nina contestó negativamente y reconvino (fs. 43 a 45). Por su parte, Sabino Espinoza Valencia y Petrona Colque de Espinoza (fs. 48 a 50), contestaron negativamente, interpusieron excepción perentoria de prescripción y reconvinieron
