Auto Supremo AS/0432/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0432/2018-RA

Fecha: 28-May-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS: El recurso de casación cursante de fs. 1108 a 1114, interpuesto por la Cooperativa Minera Aurífera “LA ESPERANZA” Ltda. Representada por José Julián Gómez Saavedra contra el Auto de Vista Nº S-12/2018 de fecha 12 de enero, cursante de fs. 1102 a 1104 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso ordinario de Nulidad de documento y otros, seguido por el recurrente contra la Empresa REXMA S.R.L. legalmente representada por Viviana Callau Balcázar, la contestación cursante de fs. 1119 a 1120 vta., el Auto de Concesión de fecha 09 de abril de 2018 cursante a fs. 1122, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.En base a la demanda cursante de fs. 163 a 168 vta., la Cooperativa Minera Aurífera LA ESPERANZA Ltda. Representada por Bartolomé Emilio Choque Manzano inició un proceso Ordinario de Nulidad de documento y otros; acción que fue dirigida contra La Empresa REXMA S.R.L. representada por Viviana Callau Balcázar, quien una vez citada, por memorial de fs. 266 a 283 vta., contesto negativamente a la demanda; desarrollándose de esta manera el proceso hasta dictarse la Sentencia Nº 75/2017 de fecha 31 de agosto, cursante de fs. 1014 a 1023, donde el Juez Público Mixto, Civil, Comercial y Familiar 1º del Tribunal Departamental de Justicia de Caranavi, declara PROBADA la demanda.
2.Resolución de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por la Empresa REXMA S.R.L. representada por Viviana Callau Balcázar mediante memorial de fs. 1047 a 1056 vta.; la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Auto de Vista Nº S-12/2018 de fecha 12 de marzo, cursante de fs. 1102 a 1104 vta., ANULANDO obrados hasta fs. 1019 de obrados inclusive, encomendando al juez de la causa emitir una nueva sentencia en la cual de cumplimiento a las observaciones formuladas en el referido Auto de Vista