Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
Por diligencia de 30 de enero de 2018 (fs. 255), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 5 de febrero del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo:
El recurrente acusa, que el Auto de Vista impugnado -al igual que la Resolución de mérito- incurre en fundamentación indebida, por cuanto no otorgó una respuesta fundamentada a su denuncia de defecto de Sentencia contenido en el inc. 4) del art. 370 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en relación a la falta de indicación de la hora en varias actas judicializadas por el Ministerio Público
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Rufo Cachi Luna (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el presente caso se establece que el recurrente cumplió con el requisito relativo al
- Asimismo del análisis del presente recurso, este Tribunal concluye que el recurrente en su argumentación
- De la misma forma si bien se denuncia la vulneración del derecho a la defensa,
- En consecuencia, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
