De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
II.4. Análisis del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 215 a 217, interpuesto por Oscar Ángel Cuellar Jiménez, se desprende que el recurrente expone como reclamos entre otros, los siguientes:
1) El Auto de Vista, al declarar inadmisible el recurso de apelación, vulneró el art. 56 y 115.I, II y 123 de la CPE, realizando una errónea interpretación y aplicación del art. 78 de la Ley Nº 439, sin tomar en cuenta lo establecido en la disposición transitoria cuarta num. 1) y quinta inc. b) del mismo adjetivo procesal civil, entendiendo que al haber iniciado la causa en la gestión 2010, no debía haberse aplicado el art. 78 de la Ley Nº 439, siendo vulneratorio de su derecho a la impugnación y al art. 123 de la CPE.
De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración de dicho medio de impugnación, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
De la revisión del recurso de casación de fs. 215 a 217, interpuesto por Oscar Ángel Cuellar Jiménez, se desprende que el recurrente expone como reclamos entre otros, los siguientes:
1) El Auto de Vista, al declarar inadmisible el recurso de apelación, vulneró el art. 56 y 115.I, II y 123 de la CPE, realizando una errónea interpretación y aplicación del art. 78 de la Ley Nº 439, sin tomar en cuenta lo establecido en la disposición transitoria cuarta num. 1) y quinta inc. b) del mismo adjetivo procesal civil, entendiendo que al haber iniciado la causa en la gestión 2010, no debía haberse aplicado el art. 78 de la Ley Nº 439, siendo vulneratorio de su derecho a la impugnación y al art. 123 de la CPE.
De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas por el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil, hechos que hacen admisible la consideración de dicho medio de impugnación, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho
- Proceso: Usucapión decenal
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 3
- II.1. De las resoluciones impugnada
- En autos se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la revisión de antecedentes, se tiene que Oscar Ángel Cuellar Jiménez, cumplió con el
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos el recurrente Oscar Ángel Cuellar Jiménez tiene legitimación procesal, en
- De estos fundamentos se verifica que el recurso de casación cumple con las exigencias establecidas
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
