ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación de fs. 149 a 151 vta., interpuesto por René Charro Ríos e Isabel Rios Vda. de Charro, contra el Auto de Vista de 14 de marzo de 2018, cursante de fs. 139 a 146 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, en el proceso de Nulidad de documento seguido por Beatriz Charro de Espinoza, la concesión de fs. 159, y todos los antecedentes procesales:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Beatriz Charro de Espinoza con memorial cursante a fs. 15 a 17 vlta., interpone demanda de nulidad de contrato de transferencia, la misma que una vez tramitada concluyó en primera instancia con la Sentencia de 15 de febrero de 2017 cursante de fs. 86 a 90 vlta., que declaró PROBADA la demanda y la división y partición, e IMPROBADAS la excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, e improcedencia, y la excepción de falta de acción y derecho opuesta por Rene Charro Ríos. Resolución que fue apelada por Rene Charro Rios e Isabel Rios Vda. de Charro, (fs. 96 a 99) que mereció el Auto de Vista de 14 de marzo de 2018, por el cual CONFIRMÓ Sentencia, fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por René Charro Ríos e Isabel Ríos Vda. de Charro, que es objeto de análisis de la presente Resolución respecto a los requisitos de admisibilidad
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
1. Beatriz Charro de Espinoza con memorial cursante a fs. 15 a 17 vlta., interpone demanda de nulidad de contrato de transferencia, la misma que una vez tramitada concluyó en primera instancia con la Sentencia de 15 de febrero de 2017 cursante de fs. 86 a 90 vlta., que declaró PROBADA la demanda y la división y partición, e IMPROBADAS la excepciones perentorias de falsedad, ilegalidad, e improcedencia, y la excepción de falta de acción y derecho opuesta por Rene Charro Ríos. Resolución que fue apelada por Rene Charro Rios e Isabel Rios Vda. de Charro, (fs. 96 a 99) que mereció el Auto de Vista de 14 de marzo de 2018, por el cual CONFIRMÓ Sentencia, fallo de segunda instancia que fue recurrido en casación por René Charro Ríos e Isabel Ríos Vda. de Charro, que es objeto de análisis de la presente Resolución respecto a los requisitos de admisibilidad
