Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el Tribunal de
Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el Tribunal de Casación se encuentra limitado a verificar y corregir, en su caso, los yerros en que hubiese incurrido dicho tribunal en la aplicación de la ley; de ahí que el recurso adquiere las características de juicio de puro derecho, a mérito que se orienta sustancialmente a discernir y resolver una cuestión entre la Ley y su infractor
- En virtud a la facultad remisiva contenida en el art
- En mérito a ello corresponde aplicar el art
- En aplicación de la norma citada, se establece
- 2
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- Si bien es cierto que cita algunas disposiciones legales, se advierte que tales citas resultan
- Debe tenerse en cuenta que, en razón a la naturaleza del instituto, el Tribunal de
- En ese marco el art
- En el marco de lo anterior y con la finalidad de precisamente permitir al Tribunal
- En la línea de lo expuesto y las normas citadas, no resulta difícil concluir que
- Así entonces y teniendo en cuenta que es el cumplimiento de los requisitos de procedencia
- Se regula honorarios en Bs. 1.000.- que mandará pagar el juez de primera instancia
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
