Auto Supremo AS/0625/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0625/2018-RA

Fecha: 10-Jul-2018

CONSIDERANDO I

VISTOS. El recurso de casación de fs. 714 a 721 vta., interpuesto por Carlos Eid Otazú y Amalia Segundina Rodríguez Rocha de Eid contra el Auto de Vista Nº 98/2018 de 15 de mayo, cursante de fs. 705 a 711 vta., pronunciado por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el proceso de reivindicación, seguido por los recurrentes en contra de Agustín Alí Colque y Maura Maudie Rodríguez Rocha de Alí, la concesión de fs. 731 y todo lo inherente:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Karla Shirley Eid Rodríguez, en representación legal de Amalia Segundina Rodríguez Rocha de Eid y Carlos Eid Otazú interponen la demanda de reivindicación por memorial de fs. 17 a 18, ratificada de fs. 25 a 26, aclarada de fs. 29 y vta., complementada a fs. 505, arguyendo que cuentan con derecho propietario del bien inmueble ubicado en la Urbanización Ferroviaria, con una superficie de 140 m2, bajo la matrícula Nº 4.01.1.01.0009379, los demandados vienen ocupando esos predios de propiedad de su madre, negando el ingreso y evitando usar, gozar y disponer del derecho de propiedad. Notificados con la demanda mediante memorial de fs. 36 a 37 vta., contestan negando el contenido de la demanda y plantean excepción de obscuridad, contradicción en la demanda; asimismo, existiendo demanda reconvencional de usucapión decenal de fs. 439 a 442, aclarada de fs. 445 vta., y ratificada de fs. 510, memoriales de contestación de fs. 575 a 578, toda vez que tramitado el proceso ordinario concluyó con la Sentencia Nº 019/2017 de 23 de febrero (fs. 640 a 649 vta.) pronunciada por el Juez Público Nº 9 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Oruro, que declara IMPROBADA la demanda de reivindicación y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión decenal, con las disposiciones descritas en dicho fallo