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2. Determinación de primera instancia que al haber sido recurrida en apelación por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de fs. 242 a 245, la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, emitió el Auto de Vista de fecha 17 de mayo de 2018 cursante de fs. 285 a 292 vta., CONFIRMANDO la sentencia
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de fs. 297 a 300, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por el Gobierno Autónomo Municipal de Oruro de fs. 297 a 300, recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- CONSIDERANDO I
- 3
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- De la revisión del recurso de casación, de fs
- b)Posteriormente sin que exista solicitud alguna a fs
- d)Y que antes de iniciar la demanda, debió haberse demandado la nulidad del documento de
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
