3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 201 del expediente, se establece que el recurrente Nery Freddy Mercado Cortéz, fue notificado con el Auto de Vista Nº 113/2018 de 16 de marzo, el 22 de mayo de 2018, y el recurso de casación, de acuerdo a la diligencia de fs. 204 vta., fue presentado el 01 de junio de 2018, dentro el plazo establecido en el artículo 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- Expediente: LP-89-18-S
- CONSIDERANDO I
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del Contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
