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Continua señalando que EMAS no remitió los 3 procesos internos que le siguió al ex trabajador, desobedeciendo a la Juez y solo adjuntó el último, totalmente incompleto y desordenado; aclara además, que un proceso no puede adquirir ejecutoria o la calidad de cosa juzgada, cuando existe vulneración a las reglas del debido proceso; asimismo, manifiesta que no se consideró la jurisprudencia emitida por el Tribunal Supremo en el AS 527 de 29 de agosto de 2013, que posibilita que a través de un proceso de reincorporación laboral se pueda verificar si las pruebas fueron valoradas adecuadamente dentro de un proceso administrativo interno, así como otros aspectos relativos a la aplicación de normas laborales sustantivas, extremo que demuestra, dice, que no es inviable la anulación del proceso administrativo, por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y proteccionismo laboral, así como por la inobservancia del principio de inversión de la prueba, que obliga al empleador a remitir las pruebas.
2.- Señala que el Auto de Vista al no pronunciarse sobre el cumplimiento de la relación laboral por parte del trabajador y del incumplimiento del empleador EMAS, viola el art. 3 inc. h), 4, 150 y 160 del CPT; asimismo, manifiesta que los juzgados laborales han fallado en varios procesos contra EMAS, reconociendo que ella se rige por la LGT, y no aplica la Ley 1178 ni el DS 23318-A; afirmando que la juez no se auto vincula a sus propias decisiones con el falso argumento de que el trabajador, ha incurrido en actos libres y consentidos al no haber planteado el contencioso administrativo ni accionado el amparo constitucional, por lo que su derecho se encontraría precluido, mencionando la SC 1051/2014 de 9 de junio
2.- Señala que el Auto de Vista al no pronunciarse sobre el cumplimiento de la relación laboral por parte del trabajador y del incumplimiento del empleador EMAS, viola el art. 3 inc. h), 4, 150 y 160 del CPT; asimismo, manifiesta que los juzgados laborales han fallado en varios procesos contra EMAS, reconociendo que ella se rige por la LGT, y no aplica la Ley 1178 ni el DS 23318-A; afirmando que la juez no se auto vincula a sus propias decisiones con el falso argumento de que el trabajador, ha incurrido en actos libres y consentidos al no haber planteado el contencioso administrativo ni accionado el amparo constitucional, por lo que su derecho se encontraría precluido, mencionando la SC 1051/2014 de 9 de junio
- La demanda laboral de Anulación de Proceso Sumario Interno y Reincorporación incoada por René Ameller
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por René Ameller Baspineiro, la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa
- El Auto de Vista, motivó que, René Ameller Baspineiro, formule recurso de casación en el
- Señala que el Tribunal Ad quem, violó los arts
- Indica que el Auto de Vista se limita a respaldar la sentencia al manifestar que,
- Señala que el Tribunal Ad quem, ignora la petición y fundamentos de la demanda, menos
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- Afirma que al encontrarse los trabajadores de EMAS sujetos a la LGT, su destitución vulnera
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- En atención a estos argumentos pide, que el Tribunal Supremo de Justicia Case el Auto
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que la controversia en el caso presente,
- Derecho a la estabilidad laboral: estructura normativa en la legislación nacional
- La Constitución Política del Estado, consagra el derecho al trabajo como un derecho fundamental, tal
- En ese sentido el DS 28699 de 1 de mayo de 2006, en su art
- Los criterios descritos en torno al derecho al trabajo y la estabilidad laboral se encuentran
- Desvinculación laboral y prohibición de despido injustificado
- El parágrafo III del art
- A ese efecto el Convenio C-158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) “Sobre la
- Tal cual se dijo hasta aquí, el trabajador tiene el derecho de conservar su empleo
- Para que un despido pueda ser calificado como justificado dentro del espectro que la legislación
- Con lo expuesto, se debe admitir que un despido justificado, no necesariamente consulta con el
- Reincorporación
- Protegida como está la estabilidad laboral atribuyéndole la mayor duración posible, es el propio DS
- Sobre esa misma comprensión la jurisdicción constitucional, por medio de -entre otras- la SCP 0177/2012
- Todo lo expuesto lleva a concluir, que en los casos en los que se presente
- Dicho sea acá, que corresponde al juzgador laboral dentro de las facultades y atribuciones que
- Debido Proceso
- En ese sentido la SC 1756/2011-R de 7 de noviembre, señaló: “En mérito a lo
- Es importante tener presente que en cualquier etapa que un procedimiento judicial o administrativo, incluso
- Tanto la doctrina como la jurisprudencia, establecen una serie de componentes –no limitativos- del debido
- En el primer caso, comprende al debido proceso: i) El derecho al juez natural; ii)
- En cuanto al segundo caso, es decir, los derechos inherentes al procedimiento se tiene: a)
- Antes de ingresar al análisis del caso concreto, con carácter previo nos referiremos a la
- Bajo ese mismo razonamiento el art
- En el caso de autos, queda establecida la competencia de la Judicatura Laboral, para conocer
- Con referencia al alcance de la facultad revisora de la vía laboral en los procedimientos
- Concluye la referida SCP 1092/2015-S3, que: “…, debe entenderse que la revisión del debido proceso
- Establecida nuestra competencia, corresponde precisar que todo acto administrativo, como también lo es un proceso
- El hecho que motivó el proceso administrativo interno, fueron las Resoluciones Sancionatorias, provenientes de cinco
- Al respecto, corresponde aclarar que la Ley 1178 de 20 de julio de 1990, Ley
- Por lo señalado líneas arriba, el argumento del recurrente sobre la inaplicabilidad de la Ley
- En cuanto a la denuncia de violación al debido proceso, debemos tener presente que conforme
- Considerando la Ley 1178, sus decretos reglamentarios y el Reglamento Interno de EMAS, todos los
- En definitiva, la Sala considera que, lo concluyente de las pruebas que cursan en el
- Con referencia a la excepción de pago documentado, es evidente, como ya lo determinó el
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, al no ser ciertas las infracciones acusadas en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
