Auto Supremo AS/0677/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0677/2018-RA

Fecha: 14-Ago-2018

Bajo ese contexto, conforme se precisó en el acápite III inc


Bajo ese contexto, conforme se precisó en el acápite III inc. i) de esta resolución, respecto a las formas procesales establecidas como carga que deben asumir los recurrentes, indicar que el plazo para interponer el recurso de casación en materia penal es de cinco días, lapso que conforme dispone el art. 130 del CPP, empieza a correr a partir del día siguiente de practicada la notificación y se computa sólo los días hábiles. En autos, primeramente conforme se advierte de la diligencia a fs. 153 vta., la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado, el 24 de mayo de 2018, interponiendo su recurso de casación en fecha 4 de junio del mismo año, conforme consta en el cargo electrónico de recepción del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, a fs. 155, evidenciándose que el plazo de presentación fenecía en fecha 1 de junio de 2018; descontando el feriado de Corpus Christi, por lo que el presente recurso fue presentado fuera del plazo procesal previsto por el art. 417 del CPP; en consecuencia, el memorial de casación deviene en inadmisible, en previsión del precitado precepto procesal