Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, Karla Lorena Ríos Ligerón, a fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 677/2018-RA
Sucre, 14 de agosto de 2018
Expediente: Cochabamba 43/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Karla Lorena Ríos Ligerón
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, Karla Lorena Ríos Ligerón, a fs. 155 y vta., interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 11 de mayo de 2018, de fs. 151 a 153, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 677/2018-RA
Sucre, 14 de agosto de 2018
Expediente: Cochabamba 43/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Karla Lorena Ríos Ligerón
Delito : Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, Karla Lorena Ríos Ligerón, a fs. 155 y vta., interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 11 de mayo de 2018, de fs. 151 a 153, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2018, Karla Lorena Ríos Ligerón, a fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- Bajo ese contexto, conforme se precisó en el acápite III inc
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
