Por memorial presentado el 26 de julio de 2018, cursante a fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 770/2018-RA
Sucre, 27 de agosto de 2018
Expediente: Oruro 25/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Triny Zulema Miranda Huanca
Delito: Exacciones
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de julio de 2018, cursante a fs. 143, Lucio Ramiro Lazarte Huaynoca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2018 de 10 de julio, de fs. 122 y vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Triny Zulema Miranda Huanca, por la presunta comisión del delito de Exacciones, previsto y sancionado por el art. 152 del Código Penal (CP), modificado por el art. 34 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 770/2018-RA
Sucre, 27 de agosto de 2018
Expediente: Oruro 25/2018
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Triny Zulema Miranda Huanca
Delito: Exacciones
RESULTANDO
Por memorial presentado el 26 de julio de 2018, cursante a fs. 143, Lucio Ramiro Lazarte Huaynoca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 40/2018 de 10 de julio, de fs. 122 y vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Triny Zulema Miranda Huanca, por la presunta comisión del delito de Exacciones, previsto y sancionado por el art. 152 del Código Penal (CP), modificado por el art. 34 de la Ley 004 de 31 de marzo de 2010, Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”
- Por memorial presentado el 26 de julio de 2018, cursante a fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Lucio Ramiro Lazarte Huaynoca interpuso recurso de apelación
- Por diligencia de 13 de julio de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el presente caso, se advierte que el viernes 13 de julio 2018, el recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
