En el fondo
En el caso de autos, los recurrentes, tienen legitimación procesal en razón de ser parte principal en el proceso en su calidad de demandantes.
II.4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 574 a 576, presentado por Jorge y Juan Carlos Justiniano Carrasco, impugnando el Auto de Vista Nº 244/2017 pronunciado el 4 de diciembre (fs. 558 a 561), se desprende que los recurrentes exponen como reclamos, entre otros, los siguientes:
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II.4. Del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 574 a 576, presentado por Jorge y Juan Carlos Justiniano Carrasco, impugnando el Auto de Vista Nº 244/2017 pronunciado el 4 de diciembre (fs. 558 a 561), se desprende que los recurrentes exponen como reclamos, entre otros, los siguientes:
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