3. De la legitimación procesal
De acuerdo a la diligencia de notificación cursante a fs. 648 del expediente, se establece que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista el 29 de junio de 2018, y presentó recurso de casación de acuerdo al timbre electrónico de fs. 672, el 30 de julio de 2018, en el plazo establecido en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir; dentro los diez días hábiles.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
