En ese contexto, se tiene que el presente Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada,
En ese contexto, se tiene que el presente Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada, al haber sido observado ante la falta de fundamentación imprescindible para continuar el curso del proceso, y habiéndose vencido el plazo otorgado sin que el recurrente haya dado cumplimiento con lo ordenado en la referida providencia, por lo que corre declarar la inadmisibilidad
- AUTO SUPREMO: 7/2019
- FECHA: Sucre, 9 de enero de 2019
- EXPEDIENTE: 38/2018
- PROCESO : Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada (Materia Penal)
- PARTES: Ángel Saavedra Cortez contra la Sentencia Nº 14/12 de fecha 3 de mayo de
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Ricardo Torres Echalar
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso planteado por Ángel Saavedra Cortez contra la Sentencia Nº
- CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 13 de septiembre de 2018 (fs
- b) Adjuntar el auto o certificación de ejecutoria de la
- c) Indicar de manera concreta los motivos en que se
- Vencido en extremo el plazo concedido el recurrente no ha cumplido con lo ordenado
- En ese contexto, se tiene que el presente Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Edwin Aguayo Arando por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
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