POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en el ejercicio de la atribución conferida en el artículo 38 núm. 6 de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, declara INADMISIBLE el Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada interpuesta por Ángel Saavedra Cortez, debiendo procederse al archivo de obrados
- AUTO SUPREMO: 7/2019
- FECHA: Sucre, 9 de enero de 2019
- EXPEDIENTE: 38/2018
- PROCESO : Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada (Materia Penal)
- PARTES: Ángel Saavedra Cortez contra la Sentencia Nº 14/12 de fecha 3 de mayo de
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Ricardo Torres Echalar
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso planteado por Ángel Saavedra Cortez contra la Sentencia Nº
- CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 13 de septiembre de 2018 (fs
- b) Adjuntar el auto o certificación de ejecutoria de la
- c) Indicar de manera concreta los motivos en que se
- Vencido en extremo el plazo concedido el recurrente no ha cumplido con lo ordenado
- En ese contexto, se tiene que el presente Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- No interviene el Magistrado Edwin Aguayo Arando por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese, archívese
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