Se hacer constar que se acepta el desistimiento, sin cumplir las formalidades exigidas por el
Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el desistimiento de la acción, es el demandante, Renato Goitia Machicao, en representación de BONA FIDE S.R.L. Agencia Despachante de Aduana, que tiene la titularidad de los derechos objeto de controversia, en el que se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ AGIT-RJ 0229/2019 de 6 de marzo de 2019 y que conforme a la norma pueden ser dispuestos de la manera más conveniente.
Se hacer constar que se acepta el desistimiento, sin cumplir las formalidades exigidas por el art. 241-II del Código Procesal Civil, en consideración a que en el presente proceso no se sanciona con costas a las partes, conforme lo determinado por el art. 39 de la Ley N ° 1173 y art. 52 de su Decreto Reglamentario 23215
Se hacer constar que se acepta el desistimiento, sin cumplir las formalidades exigidas por el art. 241-II del Código Procesal Civil, en consideración a que en el presente proceso no se sanciona con costas a las partes, conforme lo determinado por el art. 39 de la Ley N ° 1173 y art. 52 de su Decreto Reglamentario 23215
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- Se hacer constar que se acepta el desistimiento, sin cumplir las formalidades exigidas por el
- Por consiguiente, encontrando que lo solicitado es procedente, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia aprobar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y archívese.
