Es necesario considerar que ahora Project Concern International, interpone demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución
Conforme a lo expuesto, se concluye que la AGIT al momento de emitir la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1002/2019, efectuó un análisis dentro el contexto de lo solicitado por el recurrente, determinando confirmar la nulidad de obrados por los vicios de forma reclamados y que fueron encontrados en la revisión del acto administrativo emitido por la AN.
Es necesario considerar que ahora Project Concern International, interpone demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1002/2019, señalando que la anulación efectuada es correcta; sin embargo, la misma ha omitido pronunciarse sobre aspectos de fondo de la problemática planteada, manifestando que la Resolución Jerárquica no se ha pronunciado sobre la prescripción ni sobre la exención
Es necesario considerar que ahora Project Concern International, interpone demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1002/2019, señalando que la anulación efectuada es correcta; sin embargo, la misma ha omitido pronunciarse sobre aspectos de fondo de la problemática planteada, manifestando que la Resolución Jerárquica no se ha pronunciado sobre la prescripción ni sobre la exención
- Demandante: Project Cocern International P.C.I
- VISTOS: La demanda Contenciosa administrativa cursante de fs
- Contra la Resolución Administrativa emitida, Project Concern International planteó recurso de Alzada, que fue resuelto
- Reclamando afectaciones ocasionadas por la Resolución de Alzada ARIT-LPZ/RA 0727/2019, Project Concern International, interpuso Recurso
- Es necesario considerar que ahora Project Concern International, interpone demanda Contenciosa Administrativa contra la Resolución
- Para la comprensión que se efectuara en el caso tratado, es necesario entender que no
- Es dentro de lo referido que es necesario revisar la doctrina aplicable, en cuanto a
- Entendiéndose en consecuencia, que se reconoce de manera uniforme que la facultad del Juez a
- Lo expuesto en el Auto Supremo citado, no es de aplicación exclusiva de una rama
- Conforme a la revisión de antecedentes, es necesario advertir que dentro el Recurso Jerárquico interpuesto
- Conforme a la normativa expuesta y conforme establece el parágrafo II del art
- Entendiendo lo expuesto, la AGIT se encontró limitada a ingresar al fondo del recurso cuando
- Asimismo, la lectura de la demanda Contenciosa Administrativa interpuesta así como el recurso jerárquico, se
- Se debe considerar, que no puede existir un control de legalidad vía proceso Contencioso Administrativo,
- Por lo expuesto, al estar impedido este Tribunal de emitir un criterio sobre aspectos no
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Por consiguiente, se dispone el desglose de los documentos presentados y el posterior archivo de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
