CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 26 de junio de 2018 (fs
CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 26 de junio de 2018 (fs. 65), mediante cual se observa el recurso disponiendo que con carácter previo a la su admisión deberá especificar y aclarar el cumplimiento de los artículos 284, 285, 286 y 287 del Código Procesal Civil, concediéndosele el plazo de diez días, bajo alternativa de tenerse por no presentada, vencido que ha sido el plazo otorgado y la recurrente no ha subsanado lo dispuesto
- AUTO SUPREMO: 19/2019
- FECHA: Sucre, 14 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 17/2018
- PROCESO : Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada (Materia Civil)
- PARTES: Cecilia Álvarez Vidal de Castro contra la Sentencia Nº 103/2014 de 24 de diciembre
- MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada planteado por Cecilia
- CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 26 de junio de 2018 (fs
- En ese contexto, se tiene que el presente Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese, archívese
- Sala Plena
