En ese contexto, se tiene que el presente Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada,
En ese contexto, se tiene que el presente Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada, al haber sido observado ante la falta de fundamentación y motivación imprescindible para continuar el curso del proceso, y habiéndose vencido el plazo otorgado sin que la recurrente haya dado cumplimiento con lo ordenado en la referida providencia, por lo que corresponde rechazar el recurso
- AUTO SUPREMO: 19/2019
- FECHA: Sucre, 14 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 17/2018
- PROCESO : Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada (Materia Civil)
- PARTES: Cecilia Álvarez Vidal de Castro contra la Sentencia Nº 103/2014 de 24 de diciembre
- MAGISTRADA TRAMITADORA: María Cristina Díaz Sosa
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión de Sentencia condenatoria ejecutoriada planteado por Cecilia
- CONSIDERANDO: Que por providencia de fecha 26 de junio de 2018 (fs
- En ese contexto, se tiene que el presente Recurso Extraordinario de Revisión de Sentencia ejecutoriada,
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese, archívese
- Sala Plena
