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CONSIDERANDO II: Que, el recurso de revisión extraordinaria de sentencia previsto en el art. 284 del Código Procesal Civil, establece claramente que procederá únicamente tratándose de "una sentencia ejecutoriada en proceso ordinario", entendido éste proceso, como aquel que no se halla sometido a un trámite especial, siendo la forma común de tramitación de la litis y cuya naturaleza jurídica es ser un proceso de conocimiento finalista y no especial porque en él se tramitan los asuntos de mayor significación, valor y trascendencia que no están sometidos a un trámite especial
- AUTO SUPREMO: 26/2019
- FECHA: Sucre, 14 de febrero de 2019
- EXPEDIENTE: 52/2018
- PROCESO : Recurso de Revisión Extraordinaria de Sentencia
- PARTES: Jaime Luis Canaviri Guarachi contra la Sentencia Nº 010 de 20 de enero de
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Juan Carlos Berrios Albizu
- VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de revisión extraordinaria interpuesto por Jaime Luis Canaviri Guarachi
- CONSIDERANDO I: Que el impetrante Jaime Luis Canaviri Guarachi, por memorial presentado el 20 de
- Concluye que, por los fundamentos expuestos, interpone recurso extraordinario de revisión de sentencia contra la
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- En el caso de autos, el recurrente pretende a través de la revisión extraordinaria, revisar
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- Consecuentemente por la naturaleza del proceso, las características propias del juicio laboral, que indudablemente son
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, notifíquese, cúmplase
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