En el marco legal anotado, revisados los antecedentes de la causa se constata que la
En el marco legal anotado, revisados los antecedentes de la causa se constata que la ADA ULTRAMAR Ltda., ahora demandante, fue notificada el 23 de agosto de 2018, con la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1852/2018 de 20 de agosto, conforme se advierte del formulario de notificación, cursante a fs. 1 del cuaderno procesal que fue presentado por la ADA demandante; se tiene también constancia, que la demanda fue presentada al Tribunal Supremo de Justicia el 27 de febrero de 2019, como se evidencia en el cargo de recepción cursante a fs. 17 y el formulario del Sistema Judicial Boliviano, que caratula el expediente presentado; en ese sentido y efectuado el computo respectivo, la demanda fue presentada a los 188 días de haber sido notificada con la resolución jerárquica contra la cual se formula la demanda, fuera del plazo fatal, de 90 días, establecido por el art. 780 del CPC-1975; correspondiendo en consecuencia su rechazo al haber operado la caducidad del derecho para deducir la acción, tomando en cuenta que el plazo para que opere la caducidad solamente se interrumpe con la presentación de la acción o demanda judicial respectiva
- Demandante: Agencia Despachante de Aduana ULTRAMAR Ltda
- VISTOS: La demanda contenciosa administrativa, de fs
- En el marco legal anotado, revisados los antecedentes de la causa se constata que la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
