Auto Supremo AS/0170/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0170/2019

Fecha: 19-Mar-2019

En virtud a la facultad remisiva contenida en el art

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 170
Sucre, 19 de Marzo de 2019

Expediente: 090/2019
Demandante: Carmiña Luz Medinacelli Alfaro
Demandado: Empresa “HORMOBIOLAB S.R.L.”
Materia: Beneficios Sociales
Distrito: La Paz
Magistrada Relatora: Dra. María Cristina Díaz Sosa

VISTOS: El recurso de casación cursante a fs. 161 y vta., interpuesto por Edgar Linares Mariscal, en representación de la empresa “Hormobiolab S.R.L.”, que impugna el Auto de Vista Nº 175/18 de fecha 19 de octubre de 2018 cursante a fs. 158 y vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso laboral por beneficios sociales, seguido por Carmiña Luz Medinaceli Alfaro contra el recurrente; el Auto N° 27/2019 de fecha 7 de febrero, cursante a fs. 165 vta., por el que se concedió el recurso, los antecedentes procesales, y;
I. CONSIDERACIONES LEGALES:
En virtud a la facultad remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, en la materia, en tanto no tenga regulación específica, se aplica supletoriamente lo regulado en el adjetivo civil