Refiere así también, que la apelación restringida estaba sustentada en el art
Refiere así también, que la apelación restringida estaba sustentada en el art. 370 inc. 6) del CPP, respecto a la valoración defectuosa de la prueba, existiendo ciertos requisitos esenciales, que debe emerger de un estudio profundo de los hechos descritos en el pliego acusatorio y los hechos probados durante el debate contradictorio, por ejemplo sobre la prueba DP-5 y DP-4; que revisando el contenido de la resolución del Tribunal de apelación, no se cuenta con las razones legales que permitan identificar cual fue la valoración defectuosa de la prueba, siendo que en la pate considerativa y resolutiva tampoco se citaron las disposiciones legales aplicables, vulnerándose el derecho al debido proceso, como derecho fundamental de toda persona, inobservando el Auto Supremo al momento de resolver la apelación (cita doctrina legal)
- Por memorial presentado el 4 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, Sergio Marcel Márquez en representación del SENASAG Yacuiba (fs
- Por diligencia de 28 de enero 2019 (fs
- II. SOBRE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- Citando el principio de presunción de inocencia con relación a los arts
- Refiere así también, que la apelación restringida estaba sustentada en el art
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- La recurrente como único motivo, señala que el Auto de Vista no cumple con el
- Del análisis y el tenor de los Autos Supremos deducidos precedentemente, los que la parte
- A pesar del defecto recursivo, se puede observar en el análisis del recurso, que la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
