Si bien el recurrente efectúa un análisis de los antecedentes del proceso y del Auto
Si bien el recurrente efectúa un análisis de los antecedentes del proceso y del Auto de Vista impugnado, expresando las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o errónea interpretación, y refiere en qué consisten estas acusaciones; sin embargo, tomando en cuenta que el Auto de Vista recurrido de casación, no ingresó al fondo de la lítis, toda vez que anuló la Sentencia emitida por el Juez de instancia, no corresponde admitir el recurso de casación en el fondo, pues en los hechos este Tribunal se encuentra imposibilitado de verificar si el Tribunal de alzada hubiere incurrido en las causales de casación previstos en el art. 274 parágrafo I núm. 3) del CPC-2013, que describe supuestos de violación (en la no aplicación de preceptos legales), interpretación errónea (infracción de normas a cuyos preceptos se otorga un sentido equivocado), aplicación indebida (endilgar o subsumir el precepto normativo a un hecho no regulado por aquello), porque no existe pronunciamiento en el auto de vista impugnado
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC-2013), que estableció en su
- 1
- 2
- El recurrente efectúa un análisis de los antecedentes del proceso y del Auto de Vista
- En el fondo
- Si bien el recurrente efectúa un análisis de los antecedentes del proceso y del Auto
- Efectuado el examen de los recursos de casación en la forma y el fondo, de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
