Auto Supremo AS/0224/2019-CT
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2019-CT

Fecha: 22-Abr-2019

VISTOS: El recurso de casación de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 224
Sucre, 22 de abril de 2019
Expediente:136/2019-CT
Demandante:Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz LTDA. COTEL
Demandado :Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
Proceso :Contencioso Tributario
Distrito :La Paz
Magistrado Relator:Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: El recurso de casación de fs. 749 a 753 y vta., interpuesto por Celideth Ochoa Castro, Gerente de la Gerencia Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), contra el Auto de Vista Resolución A.V. Nº 36/2018 de 22 de febrero, emitido por la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz de fs. 744 a 745; dentro la demanda contencioso tributaria interpuesta por la Cooperativa de Teléfonos Automáticos La Paz Ltda. (COTEL) contra la entidad recurrente; el Auto Nº 19/2019 de 28 de febrero, que concedió el recurso de fs. 759; los antecedentes del proceso; y:
I. CONSIDERANDO LEGALES:
El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC-1975) elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica a la materia en mérito a la facultad remisiva contenida en el art. 297 del Código Tributario (CT), Ley Nº 1340, que dispone: “…La interposición, admisión, trámite y resolución del recurso extraordinario de nulidad se sujetará al procedimiento establecido por el Código de Procedimiento Civil”