En cuanto a los argumentos del segundo, tercer y cuarto motivo traídos en casación, los
En cuanto a los argumentos del segundo, tercer y cuarto motivo traídos en casación, los recurrentes denuncian respectivamente: i) la falta de fundamentación de la Resolución recurrida a tiempo de resolver el defecto de Sentencia previsto por el art. 370 en su inc. 5); para lo cual, señalan se hizo referencia a lo previsto en el ordenamiento procesal penal –arts. 124, 173, 365 y 370 en sus incs. 5) y 6)-, pero además a la jurisprudencia ordinaria contenida en los Autos Supremos 657 de 15 de diciembre, 221 de 7 de junio de 2006, 435 de 24 de agosto de 2007 y 724 de 26 de noviembre de 2004; ii) la falta de fundamentación de la Resolución impugnada en cuanto a la valoración probatoria desarrollada, además del vicio de incongruencia omisiva incurrido en cuanto a la denuncia de contradicción de la Sentencia; y, iii) el desmerecimiento por parte del Tribunal de alzada, a su denuncia de valoración defectuosa de la prueba
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, los acusadores particulares Elva Mendieta Choque de Cadena y Domingo Cadena
- Por diligencias de 24 de enero de 2019 (fs
- En el recurso de casación interpuesto, se identifican, los siguientes motivos
- Señalando el punto “II
- En cuanto a la denuncia de valoración defectuosa de la prueba acusada en apelación restringida,
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En este punto, corresponde mencionar con fines ilustrativos previo al análisis de admisibilidad del presente
- Ahora bien, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecido en los
- En ese sentido, el recurso de casación no procede contra otro tipo de Resolución judicial
- En el caso de Autos, la Resolución impugnada -79/2018 de 23 de noviembre-, pronunciada por
- En cuanto a los argumentos del segundo, tercer y cuarto motivo traídos en casación, los
- Sin embargo, resulta imprescindible que el recurso de casación sea formulado en términos claros, concretos
- En ese sentido, es posible verificar que si bien los recurrentes denuncian que el Auto
- En consecuencia, se establece que los motivos segundo, tercero y cuarto del recurso de casación
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- pp
