II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes, se tiene que la recurrente cumplió con el plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificada el 3 de diciembre del 2018 con el Auto de Vista 143/2018 y presentó el recurso de casación de fs. 499 a 502 vta., el 10 de enero del año que transcurre; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- CONSIDERANDO I
- 4
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
