b) Que se realiza un análisis de la prueba testifical de cargo, pero se obvia
b) Que se realiza un análisis de la prueba testifical de cargo, pero se obvia la de descargo, desconociendo lo establecido en el art. 145 del Código Procesal Civil que impone una obligación de hacer un estudio tanto de las pruebas de cargo como de descargo
- Auto Supremo: 408/2019-RA
- Expediente: T-2-19-S
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- 2
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), el demandado conforme se tiene de la papeleta
- 3. De la legitimación procesal
- Del contenido del recurso de casación
- a) Que el requisito indispensable de acuerdo a la normativa en vigencia es la perdida
- b) Que se realiza un análisis de la prueba testifical de cargo, pero se obvia
- Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
