Del memorial de recurso de casación, se tiene que el recurrente denuncia que una vez
II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial de recurso de casación, se tiene que el recurrente denuncia que una vez emitida la sentencia condenatoria en su contra, interpuso recurso de apelación restringida denunciando, entre otros motivos, la defectuosa valoración de la prueba conforme el art. 370.6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), porque el Juez de Sentencia para su decisión no consideró sus propias conclusiones sobre las pruebas testificales de cargo, a cuyo efecto destaca cada una de ellas; sin embargo, el Auto de Vista impugnado se limitó a indicar al resolver el defecto denunciado, que el juez sentenciador realizó una síntesis de las declaraciones testificales señalando que varias eran contradictorias, pero en ese razonamiento también consideró determinadas declaraciones que le permitieron llegar a la convicción de la existencia del hecho acusado y que el resultado de la sentencia respondía a la valoración integral de las pruebas producidas en el juicio y no solamente a la referida prueba testifical, de modo que confirmó un vicio de la sentencia por no realizar un análisis exhaustivo de la defectuosa valoración de la prueba, incurriendo en contradicción con el Auto de Vista 394/2002 de 10 de octubre, donde el acusado por un hecho similar fue declarado absuelto, con lo que queda evidenciada la violación al debido proceso y a la seguridad jurídica
- Por memorial presentado el 17 de febrero de 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Arturo Juan Ramos Alejo (fs
- c) Por diligencia de 14 de febrero de 2017 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se tiene que el recurrente denuncia que una vez
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 14 de febrero de 2017, el
- En ese sentido, se verifica que el recurrente cuestiona a través del recurso de casación
- Además, de verificarse que la mera mención al debido proceso y a la seguridad jurídica
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
