POR TANTO:
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 400.II del Código de Las Familias y del Proceso Familiar en relación al artículo 42.I num.1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial, ADMITE el recurso de casación que cursa de fs. 418 a 423, interpuesto por Gladys Nancy Ruth Carrasco Choque, contra el Auto de Vista Nº 73/2019 de 10 de abril, saliente de fs. 395 a 406, pronunciado por Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro.
