Por memorial presentado el 22 de febrero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 436/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: La Paz 40/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Maribel Karina Pérez Reynaga
Delito : Amenazas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de febrero de 2019, cursante de fs. 404 a 406 vta., Maribel Karina Pérez Reynaga, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 82/2018 de 29 de septiembre, de fs. 381 a 385, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Irene Felisa Flores Yujra contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Amenazas, previsto y sancionado por el art. 293 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 436/2019-RA
Sucre, 17 de junio de 2019
Expediente: La Paz 40/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Maribel Karina Pérez Reynaga
Delito : Amenazas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 22 de febrero de 2019, cursante de fs. 404 a 406 vta., Maribel Karina Pérez Reynaga, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 82/2018 de 29 de septiembre, de fs. 381 a 385, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público e Irene Felisa Flores Yujra contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Amenazas, previsto y sancionado por el art. 293 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 22 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del recurso de casación interpuesto, se extraen los siguientes agravios
- Finalmente, como precedente contradictorio invoca el A
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que el 15 de febrero de 2019, la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
