4. Del contenido del recurso de casación.
En el fondo acusan que el contrato plasmado en el Testimonio N° 277/2016 es sinalagmático cuyo monto real acordado no fue cancelado en su totalidad por los compradores debiendo un saldo de $us.16.000, deviniendo en consecuencia la resolución del contrato en sujeción a lo previsto a los arts. 636 y 639 del Código Civil.
