Auto Supremo AS/0095/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0095/2019-CA

Fecha: 09-Jul-2019

La Disposición Transitoria Décima del CPC-2013 dice; extinción por inactividad de procesos antiguos


Que, el art. 247 parágrafo I, núm. 1 del Código Procesal Civil,(CPC-2013), aplicables al caso por la permisión contenida en el art. 4 de la Ley Nº 620, establece: “I. Quedará extinguida la instancia cuando las partes no cumplan con las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso en los siguientes casos: 1. Transcurridos treinta días a contar desde la fecha de admisión de la demanda principal, la o el demandante no hubiese cumplido con las obligaciones que le impone la Ley para que sea practicada la citación de la parte demandada.”

La Disposición Transitoria Décima del CPC-2013 dice; extinción por inactividad de procesos antiguos. Desde la publicación del presente código y cada seis meses, la autoridad judicial de oficio deberá revisar los procesos de su juzgado y en su caso declarar la extinción por inactividad