Consecuentemente, el contexto normativo descrito evidencia en una primera instancia, que la Ley Nº 1178
El DS N° 23318-A, puso en vigencia el Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública, estableciendo las normas específicas que se aplicarán exclusivamente al dictamen y a la determinación de la responsabilidad por la función pública, de manera independiente y sin perjuicio de las normas legales que regulan las relaciones de orden laboral, reglamento que fue modificado mediante DS Nº 26319 de 15 de septiembre de 2001, prescribiendo el procedimiento administrativo para la sustanciación de los recursos de revocatoria y jerárquicos a que hacen referencia los arts. 65, 66 y 67 de la Ley N° 2027 de 27 de octubre de 1999; proveyendo en su art. art. 11: “( Procesos internos) En aplicación de lo establecido en el artículo 65 de la Ley N° 2027, únicamente se tramitarán los recursos de revocatoria y jerárquico emergentes de procesos internos seguidos contra funcionarios de carrera, pertenecientes a entidades públicas, autónomas, autárquicas y descentralizadas sometidas al ámbito de aplicación del Estatuto del Funcionario Público, que no estuviesen en una institución de Carrera con Legislación Especial.”
El art. 65 del DS Nº 26319, prevé expresamente: “Artículo 65° (Objeto). Se establece un procedimiento administrativo para la tramitación de reclamos únicamente referidos a situaciones relativas al ingreso, promoción y retiro de la Carrera Administrativa y a aquellos derivados de procesos disciplinarios.”
Finalmente, respecto a los sujetos que cuentan con legitimación activa para interponer el recurso de revocatoria. en el marco de la responsabilidad por la función pública, el DS Nº 26319, establece en su art.: 29: “(Procedencia) (…) II. Los recursos de revocatoria derivados de procesos internos procederán contra las resoluciones administrativas a que se hace referencia en el artículo 11 del presente Decreto.”
Consecuentemente, el contexto normativo descrito evidencia en una primera instancia, que la Ley Nº 1178 y su reglamento (DS Nº 23318-A y DS Nº 26319), regulan los sistemas de administración y de control gubernamentales, en la búsqueda de que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos; y en una segunda instancia; la determinación de la responsabilidad por la función pública de los servidores públicos, proceso que concluye con el agotamiento de la resolución de recurso jerárquico
El art. 65 del DS Nº 26319, prevé expresamente: “Artículo 65° (Objeto). Se establece un procedimiento administrativo para la tramitación de reclamos únicamente referidos a situaciones relativas al ingreso, promoción y retiro de la Carrera Administrativa y a aquellos derivados de procesos disciplinarios.”
Finalmente, respecto a los sujetos que cuentan con legitimación activa para interponer el recurso de revocatoria. en el marco de la responsabilidad por la función pública, el DS Nº 26319, establece en su art.: 29: “(Procedencia) (…) II. Los recursos de revocatoria derivados de procesos internos procederán contra las resoluciones administrativas a que se hace referencia en el artículo 11 del presente Decreto.”
Consecuentemente, el contexto normativo descrito evidencia en una primera instancia, que la Ley Nº 1178 y su reglamento (DS Nº 23318-A y DS Nº 26319), regulan los sistemas de administración y de control gubernamentales, en la búsqueda de que todo servidor público, sin distinción de jerarquía, asuma plena responsabilidad por sus actos; y en una segunda instancia; la determinación de la responsabilidad por la función pública de los servidores públicos, proceso que concluye con el agotamiento de la resolución de recurso jerárquico
- Del examen de los argumentos de la demanda y antecedentes adjuntos, se advierte que Jorge
- De la compulsa de la demanda, antecedentes adjuntos, y la normativa que asignaría la competencia
- Por Resolución de Proceso Administrativo Interno ASS-BCB-EOVA Nº 002/2018 de 28 de diciembre de 2018,
- En fecha 8 de enero de 2019, Jorge Alberto Quiroga Avalos presenta recurso de revocatoria
- Ante esta decisión, Jorge Alberto Quiroga Avalos interpone recurso jerárquico, resuelto mediante Resolución–PRES Nº 01/2019,
- Por nota CITE: MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLeL-CJVJ-0092-CAR/19 e Informe MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-URLel-CJVJ-0033-lNF/19, ambos de 1 de marzo de 2019, la
- Asimismo, la Ley N° 1178, en su art
- Consecuentemente, el contexto normativo descrito evidencia en una primera instancia, que la Ley Nº 1178
- Por otra parte, resulta necesario precisar, que la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341, prevé
- En ese sentido, el art
- Consecuentemente, el procedimiento administrativo impugnatorio, que regula la impugnación de actuaciones administrativas que afectan derechos
- De lo referido se evidencia, que la normativa aplicable a los procesos administrativos internos de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
