VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por la Gerencia Regional Santa Cruz a
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 98-CA
Sucre, 9 de julio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente:155/2019-CA
Demandante: Aduana Nacional Regional Santa Cruz
Demandado:Autoridad General de Impugnación Tributaria
Resolución Impugnada:Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 00888/2013 de 1°de julio
Proceso:Contencioso Administrativo
Relatora:Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por la Gerencia Regional Santa Cruz a.i de la Aduana Nacional, a través de su Gerente Regional Willan Elvio Castillo Morales, representado por Maneyva Luizaga Velasco y Flavio Antonio Román Balderrama, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico 0888/2013 de 1° de julio, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); antecedentes del caso
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 98-CA
Sucre, 9 de julio de 2019
DATOS DEL PROCESO Y DE LAS PARTES
Expediente:155/2019-CA
Demandante: Aduana Nacional Regional Santa Cruz
Demandado:Autoridad General de Impugnación Tributaria
Resolución Impugnada:Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 00888/2013 de 1°de julio
Proceso:Contencioso Administrativo
Relatora:Magistrada María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por la Gerencia Regional Santa Cruz a.i de la Aduana Nacional, a través de su Gerente Regional Willan Elvio Castillo Morales, representado por Maneyva Luizaga Velasco y Flavio Antonio Román Balderrama, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico 0888/2013 de 1° de julio, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria (AGIT); antecedentes del caso
- VISTOS: La demanda Contenciosa Administrativa, interpuesta por la Gerencia Regional Santa Cruz a
- CONSIDERACIONES LEGALES: De una revisión minuciosa del expediente, se evidencia, por la constancia de recepción
- Asimismo, por la diligencia de notificación de fs
- Respecto al plazo de la interposición de la demanda, corresponde indicar que el Auto definitivo
- Se debe precisar que el plazo de seis meses dispuesto en el art
- En el caso de autos, realizando el control de los requisitos de admisibilidad de la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
