Mario Wilson Grageda Escudero mediante memorial de 11 de agosto de 2017 interpuso incidente de
VISTOS: El recurso de compulsa a fs. 40 y vta. interpuesto por Mario Wilson Grageda Escudero contra el Auto de Vista Nº 240/2018 de 23 de octubre cursante de fs. 31 a 32 del testimonio, pronunciado por la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro el proceso ordinario sobre resolución de contrato por incumplimiento y resarcimiento de daños y perjuicios, seguido por Yver Meruvia Galviz contra el compulsante, los antecedentes del testimonio, y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
Mario Wilson Grageda Escudero mediante memorial de 11 de agosto de 2017 interpuso incidente de nulidad que una vez corrido en traslado mediante Auto de fecha 06 de octubre de 2017 cursante de fs. 11 a 12 vta., el Juez Público Civil y Comercial Nº 3 de Santa Cruz de la Sierra RECHAZÓ dicho incidente de nulidad
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL TESTIMONIO DE COMPULSA
Mario Wilson Grageda Escudero mediante memorial de 11 de agosto de 2017 interpuso incidente de nulidad que una vez corrido en traslado mediante Auto de fecha 06 de octubre de 2017 cursante de fs. 11 a 12 vta., el Juez Público Civil y Comercial Nº 3 de Santa Cruz de la Sierra RECHAZÓ dicho incidente de nulidad
- Partes: Mario Wilson Grageda Escudero c/ Vocales de la Sala Cuarta Civil, Comercial, Familiar, Niñez
- Expediente: SC-84-19-Com
- Distrito: Santa Cruz
- Mario Wilson Grageda Escudero mediante memorial de 11 de agosto de 2017 interpuso incidente de
- Fallo contra el cual Mario Wilson Grageda Escudero presentó recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II
- CONSIDERANDO III
- En ese contexto, los alcances y la competencia del Tribunal que conoce la compulsa, se
- III.2. De las resoluciones que pueden ser objeto de recurso de casación
- Sobre el tema en cuestión, preliminarmente corresponde señalar que, si bien el principio de impugnación
- Sobre el tema el art
- Partiendo de dicho argumento, se debe entender que cuando el legislador ha establecido la procedencia
- Y a los efectos de tener un entendimiento certero respecto a un Auto de
- CONSIDERANDO IV
- Dentro del caso de autos, cabe referir que, si bien el principio de impugnación es
- Aspecto que ocurre en el presente caso de Autos, debido a que el Auto
- Haciendo abstracción del punto anterior se debe dejar en claro que conforme al criterio vertido
- Bajo ese entendido se tiene aclarado que dentro de este tipo de Autos por su
- Conforme establece el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en ejercicio de la atribución
- De conformidad al art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
