Auto Supremo AS/0629/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0629/2019-RA

Fecha: 22-Ago-2019

Si bien, el recurrente invoca la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio, a los


El recurrente en casación manifiesta que la autoría y condena impuestas emergen de una labor de producción probatoria mínima, así como, de una errónea apreciación que esa arrojó. Precisa que la individualización de su persona como autor del hecho, fue realizada a pesar de las contradicciones sobre su contextura física y a pesar de la falta de acreditación material de supuestas lesiones que resultasen lógicas del relato de la víctima. Estas afirmaciones, sin embargo, no se encausan con algún instrumento o marco jurídico procesal válido en el marco de lo descrito en el apartado III de este Auto Supremo. Esta inconsistencia es amplificada, en términos de admisibilidad procesal, al momento de invocar los precedentes contradictorios. La exigencia procesal referida al planteamiento del precedente contradictorio no es presente en lo absoluto dentro del recurso en análisis, lo que inhabilita un pronunciamiento de fondo de parte de este Tribunal.

Si bien, el recurrente invoca la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio, a los fines del art. 416 y ss del CPP, no constituye precedente contradictorio, pues tal figura abarca fallos emitidos por la jurisdicción ordinaria en materia penal; aspectos que en suma hacen que el recurso pretendido decaiga en inadmisible