De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 18/2018 de 10 de abril (fs. 26 a 33), El Tribunal Segundo de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, declaró a Daniel Pérez Dávalos, autor y culpable de la comisión del delito de Abuso Sexual con Agravante, previsto y sancionado por el art. 312 última parte con relación al art. 310 inc. g) del CP, imponiendo la pena de diecisiete años de presidio, así como las medidas preventivas y de protección previstas en el art. 149 incs. b) y c) de la Ley 548 de 17 de julio de 2014 y los arts. 2 y 5 “CEDAW”; y, 7 de la Convención Belem do Para, además de multas y costas procesales averiguables en ejecución de sentencia
- Por memorial presentado el 4 de junio de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Daniel Pérez Dávalos interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 28 de mayo de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extra el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En ese sentido se verifica que previa remembranza de su apelación restringida y las respuestas
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
