CONSIDERANDO I
Fecha: 12 de agosto de 2019
Expediente: LP-88-19-S
Partes: Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo c/ Carmen Machaca vda. de Hinojosa
Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 502 a 507 vta., interpuesto por Carmen Machaca Vda. de Hinojosa, contra el Auto de Vista Nº 398/2019 de 11 de junio, cursante de fs. 488 a 491 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso sobre mejor derecho propietario y reivindicación, seguido por Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo contra la recurrente, el Auto de concesión de 24 de julio cursante a fs. 511, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base a la demanda cursante de fs. 9 a 10 vta., subsanada a fs. 12, Fabián Osedo Osedo y Javier Richar Osedo Osedo iniciaron un proceso de mejor derecho propietario y reivindicación acción dirigida contra Carmen Machaca Vda. de Hinojosa, quien una vez citada conforme memorial cursante de fs. 24 a 26 y de 210 a 211 vta. y 213 contestó negativamente y reconvino, desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 011/2016 de 06 de enero cursante de fs. 369 a 373 vta., donde el Juez 4° de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz en suplencia legal del Juzgado Nº 2 de Partido en lo Civil, declaró IMPROBADA la demanda principal y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión treintañal.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo mediante memorial cursante de fs. 377 a 381 vta., la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Vista Nº 398/2019 de 11 de junio, cursante de fs. 488 a 491 vta., REVOCANDO en parte la sentencia, declarando IMPRPOBADA la demanda reconvencional sobre usucapión.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Carmen Machaca Vda. de Hinojosa según memorial cursante de fs. 502 a 507 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
Expediente: LP-88-19-S
Partes: Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo c/ Carmen Machaca vda. de Hinojosa
Proceso: Mejor derecho propietario y reivindicación
Distrito: La Paz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 502 a 507 vta., interpuesto por Carmen Machaca Vda. de Hinojosa, contra el Auto de Vista Nº 398/2019 de 11 de junio, cursante de fs. 488 a 491 vta., pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso sobre mejor derecho propietario y reivindicación, seguido por Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo contra la recurrente, el Auto de concesión de 24 de julio cursante a fs. 511, los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. En base a la demanda cursante de fs. 9 a 10 vta., subsanada a fs. 12, Fabián Osedo Osedo y Javier Richar Osedo Osedo iniciaron un proceso de mejor derecho propietario y reivindicación acción dirigida contra Carmen Machaca Vda. de Hinojosa, quien una vez citada conforme memorial cursante de fs. 24 a 26 y de 210 a 211 vta. y 213 contestó negativamente y reconvino, desarrollándose de esta manera la causa hasta dictarse Sentencia N° 011/2016 de 06 de enero cursante de fs. 369 a 373 vta., donde el Juez 4° de Partido en lo Civil y Comercial de La Paz en suplencia legal del Juzgado Nº 2 de Partido en lo Civil, declaró IMPROBADA la demanda principal y PROBADA la demanda reconvencional de usucapión treintañal.
2. Resolución de primera instancia que al ser recurrida en apelación por Fabián Luis Osedo Osedo y Javier Richard Osedo Osedo mediante memorial cursante de fs. 377 a 381 vta., la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, emitió el Vista Nº 398/2019 de 11 de junio, cursante de fs. 488 a 491 vta., REVOCANDO en parte la sentencia, declarando IMPRPOBADA la demanda reconvencional sobre usucapión.
3. Fallo de segunda instancia que es recurrido en casación por Carmen Machaca Vda. de Hinojosa según memorial cursante de fs. 502 a 507 vta., recurso que es objeto de análisis en cuanto a su admisibilidad
- Auto Supremo: 768/2019-RA
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista Nº 398/2019 de 11 de junio, cursante de fs
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- 4. Del contenido del recurso de casación
- 2
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que case el auto de
- En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
