II.3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, la parte recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que fue notificado el 5 de julio de 2019 con el Auto de Vista Nº 130/2019 pronunciado el 1 de julio, presentó el recurso de casación de fs. 828 a 834 vta., el 19 de julio del año en curso tal cual acredita el timbre electrónico cursante a fs. 828, es decir en vigencia del plazo señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles.
II.3. De la legitimación procesal
II.3. De la legitimación procesal
- Auto Supremo: 824/2019-RA
- Partes: Carmen Yolanda y Laura Chávez Martínez c/ German Chávez Martínez
- Proceso: Nulidad de documento y acción reivindicatoria
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- En el marco de lo preceptuado en el art
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Germán Chávez Martínez, tiene legitimación procesal en razón de ser
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- Del recurso de casación de Germán Chávez Martínez se extractan algunos de los siguientes agravios
- Petitorio
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
