Auto Supremo AS/0131/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2019-CA

Fecha: 24-Sep-2019

CONSIDERANDO: Que, el art

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA, CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 131-CA
Sucre, 24 de septiembre de 2019

Expediente:197/2019-CA
Demandante:Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz
de la Sierra
Demandado:Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión
Social
Proceso:Contencioso Administrativo
Magistrada Relatora:Dra. María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa cursante de fs. 41 a 48, interpuesta por el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, por intermedio de su representante Percy Fernández Añez, contra el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, impugnando la Resolución Ministerial 1403/18 de 26 de diciembre de 2018, los antecedentes; y,
CONSIDERANDO: Que, el art. 780 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), en cuanto al plazo para interponer la demanda contenciosa administrativa, prevé: “(Plazo para interponer la demanda) La demanda deberá interponerse dentro del plazo fatal de noventa días a contar de la fecha en que se notificare la resolución denegatoria de las reclamaciones hechas ante el Poder Ejecutivo”; este plazo es fatal e improrrogable, y transcurre ininterrumpidamente, tal como lo establecen los arts. 139 y 141 del mismo cuerpo normativo, aplicable al caso en función a lo dispuesto por el art. 4 de la Ley Nº 620 del 31 de diciembre de 2014, y la Disposición Final Tercera de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil)