Auto Supremo AS/0772/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0772/2019-RA

Fecha: 10-Sep-2019

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Con relación a la temática planteada invoca como precedentes contradictorios el mismo Auto Supremo 190/2014-RRC de 15 de mayo, aplicado como fundamento del Auto de Vista recurrido; cuya doctrina legal aplicable se refiere al principio de legalidad en cuanto a la adecuada subsunción y su control por el Tribunal de alzada y a la errónea aplicación de la ley sustantiva, referida a la vulneración del art. 370 num. 1) del CPP, exponiendo los defectos del Auto de Vista impugnado a tiempo de enfatizar que el aspecto contradictorio radicaría en que la doctrina legal aplicable del precedente, no se encontraría vinculada al Auto de Vista impugnado; en consecuencia, se advierte que la recurrente al fundamentar su recurso cumplió con los requisitos de admisibilidad previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; por lo que, resulta admisible previo su análisis de fondo.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Margarita Rocío Blacutt Ramírez, de fs. 185 a 187 vta.; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
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