Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0793/2019-RA
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0793/2019-RA

    Fecha: 10-Sep-2019

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 3 de julio de 2019, cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Contra la mencionada Sentencia, el acusado Leandro Magueño (fs
    • Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 28 de junio de
    • El recurrente, realizando una breve descripción de los antecedentes procesales, interpone recurso de casación alegando
    • Denuncia que el Auto de Vista es insuficiente y contradictorio, además de basarse en hechos
    • El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
    • En este contexto, el art
    • i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
    • ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
    • iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
    • El precepto legal contenido en el citado art
    • Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
    • Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
    • Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
    • IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
    • El recurrente para sustentar sus argumentos, invoca el Auto Supremo 497 de 8 de octubre
    • No obstante, de los argumentos vertidos se evidencia del recurso, la alegación de vulneración al
    • En el segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista es insuficiente y contradictorio, por
    • Analizando el contenido del motivo traído en casación, se puede establecer que el recurrente vía
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca